miércoles, 16 de noviembre de 2011

Se extiende un servicio con estilo propio


Publicadas las normas para la generalización de la experiencia del nuevo modelo de gestión en barberías y peluquerías de hasta tres sillones

ANNERIS IVETTE LEYVA
ivette@granma.cip.cu

 Foto: Yaimí RaveloEl próximo 1ro. de diciembre, a dos años de haber iniciado la aplicación, con carácter experimental, de un nuevo modelo de gestión en las unidades de barberías y peluquerías de uno a tres sillones, subordinadas a las empresas provinciales de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar, entrarán en vigor las normativas que aprueban mantener este sistema con carácter definitivo.
Así lo anuncian las resoluciones firmadas por los ministerios de Comercio Interior, Trabajo y Seguridad Social, y Finanzas y Precios, publicadas en la Gaceta Oficial ordinaria número 36 del pasado viernes 11 de noviembre, las cuales contienen las especificidades para poner en marcha esta modalidad de gestión —basada en el arrendamiento de los locales—, complementaria de la empresa estatal socialista como forma principal de nuestra economía.
RESULTADOS A MULTIPLICAR
Descargar al Estado de responsabilidades menores y permitirle concentrarse en funciones de mayor envergadura, es una de las metas que persigue la actualización de nuestro modelo económico. Complementando esta aspiración, el Sexto Congreso del Partido, en su lineamiento 308, aprobó: "Introducir formas no estatales de gestión en el comercio, en lo fundamental en los servicios gastronómicos, personales y técnicos de uso doméstico".
Por ello, y tras evaluar detenidamente los resultados que desde el punto de vista de optimización de los servicios, mejoramiento de los locales y aportes al presupuesto se derivaron del arrendamiento de barberías y peluquerías —experiencia iniciada en el año 2009 en cinco municipios y extendida paulatinamente a todas las regiones del país—, se decidió su aprobación y generalización. A partir de ahora abarcará las 1 358 unidades de uno a tres sillones pertenecientes a las empresas de Servicios señaladas.
Si inicialmente fueron puestas a prueba dos modalidades —una en la que se arrendaba el local a los trabajadores, pero estos mantenían un salario básico, y otra en la que además del arrendamiento, estos devenían trabajadores por cuenta propia—, se decidió, por resultar más ventajosa, dejar como definitiva la segunda.
En la Resolución 434 del 2011 emitida por el Ministerio de Comercio Interior, se esclarece que los empleados de estas unidades pasarán a considerarse trabajadores por cuenta propia, y estarán vinculados a las empresas provinciales de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar por medio de contratos de arrendamiento de locales, cuya suscripción es imprescindible y constituye una responsabilidad de ambas partes.
Los empleados de unidades pertenecientes a los municipios de Cárdenas, Morón y Palma Soriano, hasta ahora en la modalidad de arrendadores asalariados, deberán inscribirse en las direcciones de Trabajo municipales como trabajadores por cuenta propia. Según establece la Resolución 38 del 2011 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los que decidan no incorporarse a este sistema de gestión económica, se les aplicará el procedimiento existente en materia de disponibilidad.
DEBERES Y DERECHOS
La Resolución 434 de Comercio Interior dicta el Reglamento para el funcionamiento de estas barberías y peluquerías, en el cual ante todo se esclarece que el Estado continúa siendo propietario de los inmuebles y los medios que se incluyan en el contrato de arrendamiento.
Los insumos, sin embargo, serán adquiridos por los trabajadores en la red de tiendas minorista de Comercio Interior.
Los precios de los servicios quedarán sujetos al acuerdo entre quien lo presta y sus clientes (oferta y demanda), tal y como funciona en este sector de la economía, donde una estricta calidad, por otra parte, se exige como garantía de pago.
Entre las obligaciones detalladas en el referido Reglamento, en relación con los trabajadores por cuenta propia, están las de emplear el local para el uso pactado —y la entidad estatal arrendadora debe velar porque así sea—; pagar la tarifa de arrendamiento en la forma y cuantía establecidas, así como los respectivos tributos al fisco, y responder por el orden y la limpieza del establecimiento, la seguridad y la salud en el entorno laboral.
Es necesario que quienes se acojan a esta modalidad tengan visible el horario de apertura y cierre del local, así como el precio de los servicios; mantengan el nombre comercial con el que está identificada y registrada la unidad, y asuman los gastos de mantenimiento, sin contravenir las regulaciones urbanísticas existentes.
TRIBUTOS, TARIFAS
En el proceso de estudio y aprobación de la opción de arrendamiento de barberías y peluquerías de uno a tres sillones, se tuvieron en cuenta las opiniones de muchos de los involucrados en el experimento, entre ellas, la relacionada con la cuantía mínima mensual a pagar por arrendamiento y tributos. Luego de realizar los estudios pertinentes, se decidió aplicar a quienes se acogieran a este modelo de gestión el mismo esquema impositivo del resto de los trabajadores por cuenta propia que se desempeñan como barberos, manicuras o peluqueras, así como lo relativo a la Contribución a la Seguridad Social.
Para ello, de acuerdo con la Resolución número 333 del 2011 de Finanzas y Precios, estos trabajadores se integrarán al Régimen Simplificado de Tributación (para el aporte unificado de los impuestos sobre los Servicios y sobre los Ingresos Personales), el cual establece el pago mensual de cuotas consolidadas mínimas y no demanda el ejercicio de Declaración Jurada al finalizar el año fiscal.
Las cuotas calculadas por Finanzas y Precios —que marcan un mínimo— podrán ser variadas por los consejos de la Administración municipales, de acuerdo con lo estipulado en la Resolución 298 de Finanzas y Precios de septiembre del 2011.
En cuanto a las tarifas por metro cuadrado para el arrendamiento de los locales, estas se aprobarán por los consejos de la Administración municipales (CAM), a propuesta de las mencionadas empresas de Servicios Técnicos, Personales y del Hogar, y con la valoración de las direcciones municipales de Finanzas y Precios.
Queda a cargo de los consejos de la Administración provinciales (CAP) configurar el procedimiento para la determinación y aprobación de las tarifas, para lo cual se tendrá en cuenta la ubicación de los establecimientos (zonas urbana, rural, montañosa), sus características y dimensiones, y en consecuencia los ingresos que pueda generar.
Es importante subrayar que las tarifas de arrendamiento que se acuerden no deberán provocar, como principio, un incremento del importe total que por concepto de Impuestos, Contribución a la Seguridad Social y arrendamiento venían pagando los trabajadores antes de la entrada en vigor de estas resoluciones. Se orienta, asimismo, que estas sean revisadas anualmente.
Los trabajadores por cuenta propia que decidan arrendar locales con estas características cubrirán los gastos de electricidad, agua, gas, teléfono, anuncio y propaganda en los que incurran, por el sistema tarifario establecido para el sector residencial.
RENOVACIÓN CON SEGUIMIENTO
Insatisfacciones por la calidad de los arreglos, locales en mal estado sin posibilidad de que el Estado se encargara de su remozamiento, y elevados subsidios para un servicio que por otra parte se cobraba ilegalmente a precios de oferta y demanda, matizaban el ambiente de muchas de las barberías y peluquerías que hoy renuevan su apariencia y la forma de gestionarse económicamente, con el consiguiente aporte al Presupuesto estatal.
El estudio para su aprobación y generalización concluyó tras casi dos años, pero la implementación regulada de este nuevo modelo de gestión, a iniciarse el próximo diciembre, abre otro camino que exige igual seguimiento y atención por parte de los organismos involucrados. El Estado se descarga de estos servicios, pero no se desentiende; al contrario, continúa regulando, ahora desde una mejor posición, que la idea constituya realmente el complemento que demandan nuestra economía y sociedad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario